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OPOSICIONES

Oposiciones Fiscal


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Oposición a fiscal

Las Oposiciones a Fiscal son una de las principales opciones que barajan los estudiantes de Derecho pese a su complejidad y volumen de temas. Sin embargo, hay aspectos que parecen embellecer a estas Oposiciones por encima de esa complejidad y densidad, como el puesto a ocupar, las funciones a realizar como Fiscal, la estabilidad económica y un status reconocido socialmente.

El proceso selectivo es compartido con los aspirantes a Jueces, si bien, una vez superado éste, se tomarán diferentes caminos: los Jueces marcharán a la Escuela Judicial de Barcelona y los Fiscales, al Centro de Estudios Jurídicos de Madrid.

 

Temario oposiciones a fiscal

El temario de las Oposiciones a Fiscal es idéntico al de las Oposiciones a Juez, consta de 320 temas y abarca todas las ramas del Derecho:

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  • Derecho Constitucional (27 temas).
  • Derecho Civil (93 temas).
  • Derecho Penal (64 temas).
  • Derecho Procesal Civil (58 temas).
  • Derecho Procesal Penal (39 temas).
  • Derecho Mercantil (16 temas).
  • Derecho Administrativo y Laboral (28 temas).

Resulta recomendable enfrentarse a esta Oposición con la ayuda de un preparador, que normalmente será un Juez, un Magistrado o un Fiscal. El preparador puede resolver dudas, motivar a los opositores a lo largo del proceso, valorar el nivel de preparación de los candidatos, ensayando los temas de cara a los ejercicios orales, etc.

Oposición a fiscal. Proceso

Fase de oposición

El proceso selectivo está formado por tres ejercicios:

El primer ejercicio consiste en responder un cuestionario tipo test de 100 preguntas, cuyo contenido se divide del siguiente modo:

  • 10 preguntas de Derecho Constitucional.
  • 40 preguntas de Derecho Civil.
  • 30 preguntas de Derecho Penal.
  • 20 preguntas de Derecho Procesal, de las cuales 13 serán de Derecho Procesal Civil y 7, de Derecho Procesal Penal.

El tiempo máximo es de 2 horas y 45 minutos.

Cada acierto puntúa 1 punto y cada fallo resta 0’33 puntos, no teniendo ninguna valoración aquellas preguntas que no se respondan. Para superar esta primera prueba, se establece una nota de corte, que puede variar en cada convocatoria, y un número máximo de candidatos, por lo que se exige un gran dominio de los temas objeto de examen.

El segundo examen presenta carácter oral y consiste en exponer ante el Tribunal cinco temas extraídos al azar y por el siguiente orden:

  • Un tema de Derecho Constitucional.
  • Dos temas de Derecho Civil, de los cuales el primero corresponde a los temas 1 a 46 de esta rama y el segundo, a los temas 47 a 92.
  • Dos temas de Derecho Penal, de los cuales el primero corresponde a los temas 1 a 26 y el segundo, a los temas 27 a 63.

La duración máxima de este segundo ejercicio es de 60 minutos, no debiendo conceder más de 15 minutos para el desarrollo de cada tema.

El tercer y último ejercicio consiste igualmente en exponer oralmente cinco temas extraídos al azar por el siguiente orden:

  • Dos temas de Derecho Procesal Civil, de los cuales el primero corresponde a los temas 1 a 30 y el segundo, a los temas 31 a 58.
  • Un tema de Derecho Procesal Penal.
  • Un tema de Derecho Mercantil.
  • Un tema de Derecho Administrativo o de Derecho Laboral.

Al igual que en el segundo ejercicio, el tiempo máximo concedido es de 60 minutos, por lo que cada uno de los temas ha de desarrollarse en un máximo de 15 minutos.

Curso selectivo: Centro de Estudios Jurídicos

Una vez superada la fase de oposición, los candidatos ingresan en el Centro de Estudios Jurídicos (Madrid) para realizar un curso teórico-práctico de 8 meses aproximadamente, teniendo la consideración de funcionarios en prácticas.

Este curso tiene como objetivo la colaboración con el Ministerio de Justicia en la formación inicial de los miembros de la Carrera Fiscal, dándoles una visión práctica que complemente los conocimientos teóricos y les prepare para ejercer su función como Fiscales.

Este curso teórico-práctico de 8 meses se divide en dos fases:

  • Formación en el propio CEJ durante 3 meses aproximadamente.
  • Prácticas tuteladas con una duración de 5 meses aproximadamente. Esta fase se desarrolla en las distinta Fiscalías.

Finalizadas y superadas ambas fases, comienza la realidad profesional de los Fiscales en el destino que les corresponda.

 

Convocatoria oposiciones a fiscal

Las Oposiciones a Fiscal se suelen convocar anualmente, publicándose la convocatoria en el BOE, lo que constituye un estímulo para quienes deciden embarcarse en esta Oposición.

Toda la información acerca de los requisitos, el temario y el proceso selectivo se recoge en la convocatoria publicada en el BOE BOE-A-2022-17993 Acuerdo de 28 de octubre de 2022, de la Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 305 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de alumnos y alumnas de la Escuela Judicial, para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Juez, y plazas de alumnos y alumnas del Centro de Estudios Jurídicos, para su posterior ingreso en la Carrera Fiscal por la categoría de Abogado Fiscal.

 

Función de un fiscal

El Fiscal ha de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público, siendo totalmente independiente de los órganos judiciales.

Sus funciones se desarrollan fundamentalmente en el ámbito penal, velando por que la función jurisdiccional se ejerza de manera eficaz e incluso instruyendo (como ocurre, por ejemplo, en los procedimientos de menores). En relación con el ámbito penal, tienen que realizar guardias cuya duración es de una semana, en la que deben estar disponibles las 24 horas del día.

Ahora bien, no solo actúa en el ámbito penal, pues su intervención es obligatoria en todos los procedimientos, sean del orden jurisdiccional que sean, en los que alguna de las partes procesales o de las personas afectadas por el procedimiento sea menor de edad o esté incapacitado o cuando el objeto del proceso sea indisponible para las partes (filiación, adopción, etc.).

De igual modo, emite informes a petición del Juez cuando el objeto del procedimiento lo requiera (por ejemplo, para considerar favorable o no favorable el convenio regulador presentado en un procedimiento de separación o de divorcio de mutuo acuerdo cuando existan hijos menores de edad).

Para el desarrollo de sus funciones, el Fiscal está sujeto al principio de jerarquía, de forma que puede estar subordinado o recibir órdenes del Fiscal Jefe, quien a su vez tiene como superior jerárquico al Fiscal General del Estado.

 

Sueldo de un fiscal

Un Fiscal es un funcionario perteneciente al Subgrupo A1, cuyo sueldo se establece en los Presupuestos Generales del Estado, el cual variará dependiendo del tiempo que haya transcurrido desde el inicio de su actividad profesional:

  • Los miembros del Centro de Estudios Jurídicos perciben un salario como trabajadores en prácticas de 1.100€ mensuales, más las pagas extraordinarias.
  • Una vez tienen asignado su primer destino, el sueldo rondará los 2.500€ netos mensuales, más las pagas extraordinarias. Conforme se sumen años de experiencia, este sueldo se incrementará bastante por antigüedad.

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